ACTIVIDAD 12 Prácticas del lenguaje: Texto expositivo
ACTIVIDAD N° 12
Textos que informan y explican
1)
Leé
con atención este texto relacionando con lo que estamos viendo en Ciencias
Sociales:
Gobierno
Conocé más sobre la organización
política del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Historia: Constitución de 1994
En el año 1994 la Convención Constituyente reformó
la Constitución de la Nación Argentina. En el texto de la Carta Magna fue
incluido el artículo 129 que estableció un régimen de gobierno
autónomo para la Ciudad de Buenos Aires. Esta reforma estableció también,
que el Congreso de la Nación convocaría a los habitantes de la Ciudad para que
eligieran a sus representantes a fin de dictar el estatuto organizativo de sus
instituciones. Producidas tales elecciones, y constituida la Convención
Constituyente, el 1° de octubre de 1996, se culminaron las sesiones,
sancionando la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Constitución de la Ciudad, resultó ser un hito y
punto de partida para la concreción de la autonomía de la Ciudad, que se
construye a partir de la elección por el voto directo de sus ciudadanos del
primer Jefe de Gobierno y de su Legislatura.
Organización política y
división de poderes
Este régimen de autonomía fue precisado en sus
características por la Ley Nacional Nº 24.588 y la Constitución de la Ciudad de
Buenos Aires de 1996 que, de acuerdo a lo ordenado por la Constitución
Nacional, estableció un régimen republicano, con los tres poderes
clásicos: uno Ejecutivo; uno Legislativo; y uno Judicial -integrado por el
Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público y demás Tribunales de la
Ciudad- y, finalmente, las Comunas que son unidades de
descentralización administrativa que reemplazan, desde 2005, a los Centros de
Gestión y Participación Comunal.
- El Poder Ejecutivo de la
Ciudad de Buenos Aires está representado por el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires y su titular lleva el título de Jefe de Gobierno.
- El Poder Legislativo de la
Ciudad de Buenos Aires está representado por la Legislatura de la Ciudad
de Buenos Aires.
- El Poder Judicial de la
Ciudad de Buenos Aires está representado por los Juzgados, Cámaras y
Ministerio Público. Tienen a su cargo la administración de justicia en la
Ciudad.
Poder Ejecutivo, Ministerios,
Secretarías y Subsecretarías
El poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, denominado Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) o
Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es ejercido por un Jefe
de Gobierno electo por el voto popular, cuya duración en el
cargo es de cuatro años. Su reemplazante natural es el Vicejefe
de Gobierno, quien es además el presidente de la Legislatura de la
Ciudad de Buenos Aires. Del Jefe de Gobierno dependen el Jefe de Gabinete y los diez
Ministros a cargo de las áreas de:
- Hacienda
- Justicia y Seguridad
- Salud
- Educación
- Desarrollo Urbano y Transporte
- Cultura
- Desarrollo Humano y Hábitat
- Ambiente y Espacio Público
- Modernización,
Innovación y Tecnología
- Gobierno
Del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
dependen además tres Secretarías:
Y dos Subsecretarías:
Todas ellas no tienen el mismo rango jerárquico, ya
que la Secretaría General tiene rango ministerial. Esta estructura jerárquica
se encuentra vigente desde el 10 de diciembre de 2011 y fue aprobada por la Ley
Nº 4013 1 derogando a la que Ley Nº 25062, que estableció la estructura
jerárquica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires durante el primer mandato
de Mauricio Macri el frente del Poder Ejecutivo. Dicho cuerpo normativo
determinó la existencia de 9 Ministerios y 3 Secretarías. Existe en la ciudad
un intento de descentralización de tareas, materializado en 15 Centros de
Gestión y Participación Comunales (CGPC). Este esquema fue reemplazado en 2007,
en virtud de la aprobación de la Ley 1.777, por el sistema de Comunas.
Régimen comunal
La Ley
Orgánica de las Comunas reglamentada en septiembre de
2005 por Ley Nº 1777 formula en el título sexto que en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires la democracia tenga carácter participativo. Dentro de
ese lineamiento se propone la descentralización del poder a través de
la creación de las comunas y de la sanción de un presupuesto participativo, con
el objetivo de crear unidades administrativas más pequeñas con gobiernos
autónomos que puedan atender eficazmente la problemática vecinal.
RECORDÁ:
Los textos
expositivo-explicativos presentan, de manera clara y ordenada,
información acerca de un tema. Su objetivo es que el lector conozca o comprenda
algo que desconocía.
En ellos se procura que la información sea objetiva y precisa, se evita el uso de expresiones que
manifiestan opiniones personales y se utiliza un vocabulario formal.
Los títulos y los subtítulos ayudan a organizar y jerarquizar la
información.
1) Ahora
hacé una lista con, por lo menos, 5 cosas que hayas aprendido sobre el gobierno
de nuestra ciudad.
2) Copiá
los subtítulos que aparecen y explicá para qué se incluyeron.
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