ACTIVIDAD 12 Prácticas del lenguaje: Texto expositivo

ACTIVIDAD N° 12
Textos que informan y explican
1)    Leé con atención este texto relacionando con lo que estamos viendo en Ciencias Sociales:
Gobierno
Conocé más sobre la organización política del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Historia: Constitución de 1994
En el año 1994 la Convención Constituyente reformó la Constitución de la Nación Argentina. En el texto de la Carta Magna fue incluido el artículo 129 que estableció un régimen de gobierno autónomo para la Ciudad de Buenos Aires. Esta reforma estableció también, que el Congreso de la Nación convocaría a los habitantes de la Ciudad para que eligieran a sus representantes a fin de dictar el estatuto organizativo de sus instituciones. Producidas tales elecciones, y constituida la Convención Constituyente, el 1° de octubre de 1996, se culminaron las sesiones, sancionando la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Constitución de la Ciudad, resultó ser un hito y punto de partida para la concreción de la autonomía de la Ciudad, que se construye a partir de la elección por el voto directo de sus ciudadanos del primer Jefe de Gobierno y de su Legislatura.
La Legislatura porteña definió el reparto de sus comisiones ...

Organización política y división de poderes
Este régimen de autonomía fue precisado en sus características por la Ley Nacional Nº 24.588 y la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires de 1996 que, de acuerdo a lo ordenado por la Constitución Nacional, estableció un régimen republicano, con los tres poderes clásicos: uno Ejecutivo; uno Legislativo; y uno Judicial -integrado por el Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público y demás Tribunales de la Ciudad- y, finalmente, las Comunas que son unidades de descentralización administrativa que reemplazan, desde 2005, a los Centros de Gestión y Participación Comunal.
  • El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires está representado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y su titular lleva el título de Jefe de Gobierno.
  • El Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires está representado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
  • El Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires está representado por los Juzgados, Cámaras y Ministerio Público. Tienen a su cargo la administración de justicia en la Ciudad.
Poder Ejecutivo, Ministerios, Secretarías y Subsecretarías
El poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) o Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es ejercido por un Jefe de Gobierno electo por el voto popular, cuya duración en el cargo es de cuatro años. Su reemplazante natural es el Vicejefe de Gobierno, quien es además el presidente de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Del Jefe de Gobierno dependen el Jefe de Gabinete y los diez Ministros a cargo de las áreas de:
Del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dependen además tres Secretarías:
Y dos Subsecretarías:
Todas ellas no tienen el mismo rango jerárquico, ya que la Secretaría General tiene rango ministerial. Esta estructura jerárquica se encuentra vigente desde el 10 de diciembre de 2011 y fue aprobada por la Ley Nº 4013 1 derogando a la que Ley Nº 25062, que estableció la estructura jerárquica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires durante el primer mandato de Mauricio Macri el frente del Poder Ejecutivo. Dicho cuerpo normativo determinó la existencia de 9 Ministerios y 3 Secretarías. Existe en la ciudad un intento de descentralización de tareas, materializado en 15 Centros de Gestión y Participación Comunales (CGPC). Este esquema fue reemplazado en 2007, en virtud de la aprobación de la Ley 1.777, por el sistema de Comunas.
Régimen comunal
La Ley Orgánica de las Comunas reglamentada en septiembre de 2005 por Ley Nº 1777 formula en el título sexto que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la democracia tenga carácter participativo. Dentro de ese lineamiento se propone la descentralización del poder a través de la creación de las comunas y de la sanción de un presupuesto participativo, con el objetivo de crear unidades administrativas más pequeñas con gobiernos autónomos que puedan atender eficazmente la problemática vecinal.


RECORDÁ:
Los textos expositivo-explicativos presentan, de manera clara y ordenada, información acerca de un tema. Su objetivo es que el lector conozca o comprenda algo que desconocía.
En ellos se procura que la información sea objetiva y precisa, se evita el uso de expresiones que manifiestan opiniones personales y se utiliza un vocabulario formal.
Los títulos y los subtítulos ayudan a organizar y jerarquizar la información.

1)    Ahora hacé una lista con, por lo menos, 5 cosas que hayas aprendido sobre el gobierno de nuestra ciudad.
2)    Copiá los subtítulos que aparecen y explicá para qué se incluyeron.

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